Senado aprueba Ley de Restricción del Gasto Público en Períodos Electorales y lo remite a Diputados
La senadora Andrea Barrientos señaló que “nadie debe usar recurso(s) público(s) para hacer campaña electoral”.

Una sesión de la Cámara de Senadores.
Imagen: Senado
La Cámara de Senadores aprobó este jueves el proyecto de Ley de Restricción del Gasto Público en Períodos Electorales y lo remitió a la Cámara de Diputados para su revisión y aprobación.
La senadora y proyectista de la norma, Andrea Barrientos, explicó en sesión de Senadores la importancia de esta norma y ejemplificó que, en Cochabamba, en el caso de la Alcaldía, tras la proclamación de Manfred Reyes Villa, esté “contrató a 10 influencers”.
“Mi punto es que cuando hemos preguntado al municipio quién ha pagado, si se pagó con plata de Manfred o de la Alcaldía. ¿Quién paga? La Alcaldía nos dice qué les importa, no nos pueden fiscalizar”, señaló.
Enfatizó que “nadie debe usar recurso(s) público(s) para hacer campaña electoral”.
“Espero que en la Cámara de Diputados se puede aprobar el proyecto de ley. Es una cosa significativa, es importante porque nuestra obligación es cuidar los recursos de los bolivianos más allá de los partidos políticos que representamos”, mencionó.
El artículo uno del proyecto señala que la “ley tiene por objeto regular a los órganos ejecutivos de los diferentes niveles del Estado para el control y fiscalización del gasto público durante el periodo electoral, garantizando la transparencia y la equidad en el uso de los recursos públicos, fortaleciendo políticas de austeridad”.
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Además, menciona, en el artículo dos, que se “aplicará al Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia, a nivel del central, durante el año en que se realicen las elecciones generales a nivel nacional”.
“Asimismo, se aplicará a cualquier incremento del gasto público que excedan lo presupuestado en el año electoral, incluyendo el gasto publicitario de gestión gubernamental no presupuestado ni aprobado previamente”.
El artículo 10, “Prohibiciones” en su inciso c, establece que, durante el periodo electoral, “la imagen del presidente y vicepresidente no podrá ser utilizada para publicidad gubernamental”.
Además que “el Ministerio de Economía está prohibido de aprobar modificaciones presupuestarias que vayan dirigidas a publicidad gubernamental durante el periodo electoral”.