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Thursday 27 Mar 2025 | Actualizado a 17:04 PM

UNODC señala que los cultivos de coca en Bolivia se redujeron un dos por ciento en 2022

Según las áreas de producción, los Yungas de La Paz bajó tres por ciento, el Trópico de Cochabamba subió uno por ciento y el norte de La Paz bajó 13 por ciento.

El representante de la UNODC en Bolivia, Troels Vester brinda el informe de los cultivos de coca.

Por Boris Góngora

/ 31 de octubre de 2023 / 19:36

La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) reportó este martes que los cultivos de coca en Bolivia se redujeron en dos porciento en 2022.

El Informe de Monitoreo de Cultivos de Coca 2022 fue brindado por el representante de la UNODC en Bolivia, Troels Vester, quien destacó este alcance logrado por el gobierno de Bolivia. 

De acuerdo con el reporte de Vester, en 2021 se reportó 30.500 ha de cultivo de coca, esto respecto a la gestión pasada donde se alcanzó a 29.900 hectáreas.

Lea más: UNODC: En Bolivia, los cultivos de coca crecen en 4% entre 2020 y 2021

“Es un éxito por el gobierno de Bolivia que ha bajado el dos por ciento. El año pasado subimos cuatro por ciento y este año bajamos en comparación con los otros países de la región”, resaltó Vester.

Según las áreas de producción de hoja de coca en Bolivia, en los Yungas de La Paz bajó tres por ciento, en el Trópico de Cochabamba se subió un uno porciento y en el norte de La Paz bajó 13%.

Sobre la erradicación de cultivos de hoja de coca, se informó que también subió en un ocho por ciento. En 2021 se registraron 9.457 hectáreas erradicadas, respecto a 2022 cuando se alcanzó las 10.2060 hectáreas de cultivos erradicados.

Entre las recomendaciones, la UNODC indicó que se deben continuar “incrementado las medidas de control de expansión de los cultivos excedentario de coca, dirigidas a alcanzar el límite de 20.000 hectáreas establecidas en la Ley General de la Coca, Ley 906”.

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Vocal Gutiérrez lamenta que la Asamblea no apruebe la ley del TREP

“Yo presenté (la norma) y si hay que arreglar algo que lo digan, pero que no lo rechacen de esa manera”, dijo la vocal electoral.

La vocal del TSE, Nancy Gutiérrez.

/ 27 de marzo de 2025 / 16:56

La vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE,) Nancy Gutiérrez, lamentó este jueves que la Asamblea no apruebe la ley de incorporación de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP) para las elecciones nacionales

“Como Tribunal Supremo Electoral estamos decididos a llevar adelante este sistema que desde ya no es vinculante. Yo no sé por qué se hacen tanto problema (los legisladores) y no explican a la población”, cuestionó la vocal electoral a Gigavisión.

El jueves 20, la Cámara de Diputados aprobó la ley del TREP y fue remitida a la Cámara de Senadores para su revisión.

Gutiérrez señaló que “existe” desconfianza dentro de la Asamblea y que no se “les puede conformar con nada”. Incluso, dijo que cuando se explicó esta norma en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, “algunos” legisladores no entendieron el cuerpo de la norma.

“Díganme si han entendido. Por lo menos uno de los diputados que estaba presente no entendió nada, es más, al pleno (de Diputados) creo que ha informado cualquier cosa, menos lo que realmente es el proyecto del TREP”, aseveró.

Lea más: Diputados aprueba proyecto de ley del TREP y la remite a Senadores para su revisión

Además, mencionó que ve con preocupación el tratamiento de la norma porque ahora los legisladores “dicen no queremos TREP”. “Por fin quieren o no quieren primero. ¿Qué definan eso?”, afirmó.

Pidió definir esa situación, porque si no “retirará» el proyecto de ley.  “Yo presenté (la norma) y si hay que arreglar algo que lo digan, pero que no lo rechacen de esa manera”.

Se trata del proyecto de Ley 414/2024-2025 de “Modificación de la Ley N° 026 de 30 de junio de 2010 del Régimen Electoral Sobre Sistema de Transmisión y Publicación de Resultados Preliminares”.

La norma prevé que el mismo día de la votación se pueda conocer los resultados preliminares de los candidatos ganadores y perdedores del proceso electoral del 17 de agosto.

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Del Castillo ve ‘innecesario’ que Arce, Morales y García Linera declaren en el juicio por el caso Golpe I

“Desde mi punto de vista, personal, no como ministro de Gobierno, veo innecesario que vayan a declarar”, señaló el titular de la cartera de Gobierno. 

El ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, participa de un acto institucional.

Por Boris Góngora

/ 27 de marzo de 2025 / 16:06

El ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, a título personal, ve innecesario que el expresidente Evo Morales, el exvicepresidente Álvaro García Linera, el exministro Carlos Romero y el actual presidente Luis Arce presten su declaración en calidad de testigos en el caso Golpe de Estado I.

“Como ya el proceso está avanzado y está a punto de dictarse sentencia porque faltan pequeños actos procesales, yo no veo necesario, si no han participado en la etapa previa, en la etapa preliminar que se hubiese convocado a estas personas, que lo único que están tratando de hacer es politizar un tema penal en la justicia”, indicó la autoridad.

El Tribunal de Sentencia Penal Anticorrupción 6 de La Paz convocó para el lunes 31 de marzo, a las 09.00, a las exautoridades y al actual mandatario al Salón Rosado” del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz para presentar su declaración en calidad de testigo de descargo ofrecido por Luis Fernando Camacho.

Del Castillo argumentó que todas las partes en este proceso ya propusieron a los testigos correspondientes y si realmente van a aportar “algo” al juicio “es conveniente”.

“Desde mi punto de vista, personal, no como ministro de Gobierno, veo innecesario que vayan a declarar”, señaló el titular de la cartera de Gobierno. 

Lea más: Siles advierte que si Evo no se presenta a declarar se emitirá una orden de aprehensión

Sin embargo, el ministro de Justicia, César Siles, señaló este jueves advirtió que, si Morales no se presenta el lunes a la audiencia de juicio oral, de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, se emitirá una orden de aprehensión

“Todos tenemos la obligación de comparecer siempre y cuando seamos convocados a una citación judicial. (Evo) debería de presentarse y claramente el 193 del Código de Procedimiento Penal establece que si no se presenta se va a librar un mandamiento de aprehensión”, indicó.

A finales de 2020, la exdiputada Lidia Patty interpuso una querella penal contra los políticos que promovieron la dimisión del entonces presidente Evo Morales en noviembre de 2019, al que se denominó caso Golpe de Estado I.

Dentro de este caso se encuentran imputados Luis Fernando Camacho y Marco Antonio Pumari, además de exjefes militares.

Los acusados, en 2019, jugaron un papel particular en la crisis poselectoral devenida de las cuestionadas y suspendidas elecciones generales del 20 de octubre, calificadas como “fraude” por la oposición y “manipulación dolosa” por la misión de observación de la Organización de Estados Americanos (OEA).

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Diputados aprueba la ley del debate electoral y la remite al Senado para su revisión

La norma establece que los candidatos deben participar de manera presencial y aquellos que incumplan incurrirán en una falta electoral, “cuya sanción será una multa pecunaria impuesta por un juez electoral”.

Sesión de la Cámara de Diputados.

/ 27 de marzo de 2025 / 14:37

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la ley que establece la obligatoriedad del debate electoral público para los candidatos a los cargos de presidente, vicepresidente, gobernadores, ejecutivo regional y alcaldes, y la remitió a la Cámara de Senadores para su revisión.

La norma, con tres artículos y una disposición transitoria, modifica a la Ley 026 del Régimen Electoral sobre debate electoral público y obligatorio para candidatos a cargos públicos elegibles.

Su finalidad es garantizar que la ciudadanía conozca y analice las propuestas de los diferentes programas de gobierno, contribuyendo a un voto informado.

“Habiéndose aprobado el Proyecto de Ley 112/2024-2025 en sus dos estaciones, en grande y detalle, y siendo la cámara de origen, remítase a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión”, indicó el presidente de esa instancia camaral, Omar Yujra.

Lea más: Cámara de Diputados aprueba en su estación en grande la ley de debate electoral obligatorio

La ley obliga a los candidatos a dar a conocer y debatir las propuestas sobre los programas de gobierno de las organizaciones políticas y, de esa manera, “contribuir al voto informado” hasta los 15 días previos a la fecha de elección.

En caso de una segunda vuelta, los candidatos habilitados también deberán participar en un nuevo debate dentro de los 10 días anteriores a la fecha de la elección.

Asimismo, la norma establece que los candidatos deben participar de manera presencial y aquellos que incumplan con la obligación de participar incurrirán en una falta electoral, “cuya sanción será una multa pecunaria impuesta por un juez electoral”.

Según la norma, la sanción equivaldrá al costo económico pagado por la transmisión total del debate electoral. Sin embargo, también el candidato o la candidatura que incumpla con la obligación de participar en los debates electorales será sancionado con el retiro inmediato de la pauta publicitaria (cuña, spots y otros) en medios de difusión y masivos.

La propuesta normativa también garantiza la transmisión en vivo del debate, a través de los medios de comunicación estatales, cuyas señales radiales y televisivas serán puestas a disposición de los medios privados para su retransmisión gratuita

El procedimiento será aplicado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), conforme al reglamento que la entidad electoral emitirá en un plazo de hasta 60 días calendario, a partir de la publicación de la ley.

En noviembre de 2024, el TSE remitió a la Asamblea el proyecto de ley para que el debate electoral sea público y obligatorio en los futuros procesos electorales.

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Siles advierte que si Evo no se presenta a declarar se emitirá una orden de aprehensión

Siles reiteró que quien no comparece a una citación judicial “sabe” las consecuencias legales de su incomparecencia.

El ministro de Justicia, César Siles, en conferencia de prensa. Foto: APG

/ 27 de marzo de 2025 / 13:00

El ministro de Justicia, César Siles, señaló este jueves que el expresidente Evo Morales está obligado a presentarse a testificar a requerimiento de la justicia, sin embargo, advirtió que, si no lo hace, de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, se emitirá una orden de aprehensión

“Todos tenemos la obligación de comparecer siempre y cuando seamos convocados a una citación judicial. (Evo) debería de presentarse y claramente el artículo 193 del Código de Procedimiento Penal establece que si no se presenta se va a librar un mandamiento de aprehensión”, indicó.

Siles reiteró que quien no comparece a una citación judicial “sabe” las consecuencias legales de su incomparecencia.

El martes se conoció que el Tribunal de Sentencia Penal Anticorrupción 6 de La Paz convocó, para el lunes 31 de marzo, al expresidente Morales, el exvicepresidente Álvaro García, al exministro de Gobierno, Carlos Romero y al actual presidente Luis Arce para que brinden su declaración en calidad de testigos por el caso Golpe de Estado I.

Lea más: Arce, Evo, García Linera y Romero son convocados como testigos en el caso Golpe de Estado I

Sobre la convocatoria al mandatario, Siles indicó que independientemente de la investidura y del cargo que ostenta, toda persona tiene la obligación de comparecer a una citación judicial.

Además, señaló que una vez que esas órdenes sean formalmente notificadas, el mandatario va a tener que comparecer ante la justicia. “Lo van a hacer”. Sin embargo, aclaró que el artículo 195 del Código de Procedimiento Penal señala que en caso de citar al Presidente y Vicepresidente tienen tres posibilidades.

“(Ello pueden) prestar su declaración en su domicilio, en sus oficinas de trabajo o prestar su declaración por escrito”, afirmó.

El Ministro recordó que el Presidente y Vicepresidente declararon en el caso golpe de Estado III por escrito.

En tanto, el abogado Wilfredo Chávez, defensa de Morales, señaló el martes que aún no fueron notificados, por lo que ve poco probable que el líder cocalero salga del Trópico de Cochabamba.

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Elecciones 2025: TSE aprueba reglamento para trámite de registro y extinción de alianzas

La solicitud de registro deberá ser realizada ante el TSE y la alianza tendrá que acreditar a un delegado político titular y a otro suplente.

Cinco de los siete vocales de la Sala Plena del TSE.

Por Boris Góngora

/ 27 de marzo de 2025 / 11:35

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó el Reglamento para el Trámite de Registro y Extinción de Alianzas para las Elecciones Generales 2025.

El TSE fijó como fecha límite el 18 de abril para que las alianzas políticas con intenciones de participar en las elecciones generales de agosto se registren ante el Órgano Electoral.

“Este reglamento va a ser de utilidad a las organizaciones políticas porque en este reglamento se estable qué requisitos tienen que presentar y cómo se pueden llevar adelante las alianzas. Este reglamento ya ha sido notificado a las organizaciones políticas con el único objetivo de que éste sea cumplido hasta el 18 de abril”, explicó el presidente en ejercicio del TSE, Gustavo Ávila.

Entre los detalles de este reglamento, Ávila indicó que se reafirma que pueden existir alianzas entre partidos o puedan existir alianzas también entre agrupaciones ciudadanas, una por departamento, o alianzas entre partidos y agrupaciones ciudadanas. 

Lea más: El TSE informa que hasta el 18 de abril deberán registrarse las alianzas para las elecciones

El reglamento fue aprobado el 25 de marzo y establece que podrán conformar alianzas los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas que cuenten con la personalidad jurídica y registro vigente en el TSE y los Tribunales Electorales Departamentales.

Asimismo, precisa que las alianzas podrán ser conformadas alternativamente por dos o más organizaciones políticas, toda vez que una de ellos sea un partido político de alcance nacional; o por al menos nueve agrupaciones ciudadanas de alcance departamental, una por cada departamento del país.

La solicitud de registro deberá ser realizada ante el TSE y la alianza tendrá que acreditar a un delegado político titular y a otro suplente para efectuar todas las actuaciones requeridas a nombre de la alianza.

El Reglamento para el trámite de registro y extinción de alianzas para las elecciones generales fue aprobado por la Resolución TSE-RSP-ADM Nº 0160/2025.

Para conocer más sobre los requisitos, documentos y los procedimientos el TSE habilitó el enlace: https://www.oep.org.bo/inc/uploads/2025/03/2025-REGLAMENTO-DE-ALIANZAS-POLITICAS-ELECCIONES-GENERALES-25-03-2025.pdf

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