Defensa del Consumidor penalizará publicidad engañosa sobre productos y servicios
La ausencia de normativa específica en el caso de difusión de la publicidad está pendiente, por lo que ni el Estado, a través de sus instituciones, ni la Policía Boliviana tienen atribuciones para evitar la misma o sancionarla, como corresponde.
En el marco de la Constitución Política del Estado (CPE), el proyecto de Ley de Defensa de los Derechos del Consumidor y Usuario tiene prevista la penalización y sanción de toda la publicidad destinada al engaño ya sea en productos o en servicios.
«Hay que dar las condiciones para que el derecho que otorga el Estado a los bolivianos, a través de la Constitución Política, llegue en buenas condiciones a la ciudadanía. Es un tema estructural que cruza a toda la economía y requiere de entidades fortalecidas que realicen un trabajo eficiente de protección a usuarios y consumidores», informó la viceministra de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor, Sonia Brito.
En ese contexto, el proyecto de Ley establece un sistema de protección articulado entre entidades estatales, departamentales y municipales.
El Artículo 75 de la Constitución establece que las usuarias y usuarios, así como las consumidoras y los consumidores gozan de los derechos «al suministro de alimentos, fármacos y productos en general, en condiciones de inocuidad, calidad, y cantidad disponible adecuada y suficiente, con prestación eficiente y oportuna del suministro».
Además de «la información fidedigna sobre las características y contenidos de los productos que consuman y servicios que utilicen».
El proyecto de Ley de Defensa del Consumidor establece precisamente la defensa del derecho consagrado en la Constitución por la cual toda la publicidad, emitida por medios electrónicos, audiovisuales, escritos u otros, que no expresen el verdadero sentido de los productos así como de los servicios que se ofertan serán penalizados.
Para la Viceministra Brito, «la norma tomará en cuenta lo que antes no estaba considerado como un delito. Ahora sí vamos a tener un marco normativo que determinará que la publicidad engañosa tendrá ciertas penalidades».
Aunque la autoridad no quiso adelantar el tipo o características de esas sanciones o penalidades, señaló que se pretende fijar límites a todo aquello que se oferta sin importar si cumple con requisitos como calidad y puedan ser certificados.
La ausencia de normativa específica en el caso de difusión de la publicidad que puede ser engañosa aún está pendiente, por lo que ni el Estado, a través de sus instituciones, ni la Policía Boliviana tienen atribuciones para evitar la misma o sancionarla, como corresponde.
Una vez que el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONAPES) evalúe la norma la misma pasará a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su tratamiento.